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REVISTA Nº: 278

EDICION - MAYO/JUNIO  2005

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CONSERVACION DE OBRAS IMPORTANTES
CAMBIOS EN LA REGLAMENTACION DE LA LEY 257

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El nuevo director del área 257 de la DGFOC del GCABA transmitió las modificaciones en un encuentro con Profesionales especialistas en esas presentaciones en la Sociedad Central de Arquitectos el pasado 10 de Mayo.

En el mes de noviembre de 1999 se promulgaba la ley 257 del Gobierno de la Ciudad, que establece las obligaciones del propietario relativas a la conservación de las obras.

Trascurridos 5 años desde la puesta en vigencia de la ley, tan sólo 4500 parcelas han realizado la presentación del informe técnico y el certificado de conservación allí dispuesto.

Esto implica que las parcelas que se encuentran en mora respecto a esta obligación serían alrededor de 300.000.

Este alto nivel de incumplimiento ha motivado en el Gobierno de la Ciudad una serie de cambios, que incluyen la aplicación de multas a los consorcios que no hubieran cumplido con las presentaciones.

En dicho encuentro, el Sr. Ochoa subrayó la decisión del GCABA de considerar la ley 257 como instrumento fundamental para el cuidado de la Seguridad Pública y la importancia del trabajo de los administradores en la difusión y el cumplimiento de los lineamientos de la ley.

Consideramos que los cambios expuestos por el Sr. Ochoa son de interés para todos los asociados, por lo cual detallaremos las novedades a tener en cuenta a la hora de tratarse estos temas en los consorcios.

a) Intimaciones: El GCABA ha creado una base de datos, mediante la cual se elaboran intimaciones masivas para las parcelas que se encuentren en incumplimiento.

Hasta no hace mucho tiempo, las intimaciones que se recibían en las parcelas en mora se debían principalmente a denuncias realizadas por riesgos de desprendimientos o derrumbe.

Pero a partir de la implementación de este nuevo sistema, las intimaciones se recibirán por la mora misma, sin relación con el estado de conservación en que se encuentre el edificio.

Un edificio que se encuentre en perfecto estado de conservación puede recibir intimación, y en el caso de no realizar a la brevedad la presentación correspondiente, recibirá multas progresivas, tal como detallaremos más adelante

b) Respuesta a intimaciones: En el caso de recibir una intimación, el consorcio (a través de su administrador) dispone sólo de 20 días hábiles para presentarse ante el Area 257, a declarar que el consorcio se encuentra dispuesto a cumplir con la ley Nº 257.

Esta intención se demuestra con la presentación de un formulario de respuesta a la intimación firmado por el administrador, y una encomienda profesional certificada por el Consejo Profesional correspondiente.

Esto implica que no basta con declarar la intención de cumplir con la ley Nº 257, sino que dentro de ese lapso se deberá contratar a un profesional que se comprometa mediante la Encomienda a realizar el informe técnico y el Certificado de Conservación de acuerdo a la ley.

La acreditación del mandato del administrador se realiza mediante la presentación del acta de designación de su función, certificada ante escribano público, de fecha reciente.

c) Multas: en el caso de que el consorcio no se presente en el plazo estipulado de 20 días hábiles (el plazo se cuenta a partir de la fecha de notificación de la intimación), la parcela entra en el circuito de multa, según la base de datos que dispone el AREA LEY 257 del GCBA.

Estas multas se emiten cada 30 días, que se renuevan periódicamente, hasta tanto se de cumplimiento a la ley, y se giran a la Justicia Contravencional.

En el caso de manifestar una negativa al pago, el conflicto deberá ser tratado en la órbita de la Justicia Contravencional del GCABA, Carlos Pellegrini 211 Piso 1º.

El Art. 10 de la ley Nº 257 establece que el Banco Ciudad deberá abrir una línea de crédito para consorcios para las tareas de reparación de frentes relacionadas con el cumplimiento de la ley Nº 257, para el caso que el consorcio no contara con los medios económicos disponibles para la ejecución de los trabajos. Esta línea de crédito se encuentra abierta. La denominación de la misma es “línea de préstamos para consorcios a tasa variable”.

d) Informe técnico: Si el consorcio respondió a la intimación, y se presentó antes de los 20 días hábiles con la Encomienda profesional, el profesional actuante dispone de 90 días corridos para presentar al GCABA el informe técnico de acuerdo a los lineamientos de la ley. En el caso de no cumplimentar con este paso en el lapso establecido, el consorcio entra en el circuito de multas mencionado anteriormente.

e) Plazos de obra: En el caso de que en el informe técnico el profesional considere que en el edificio se requieren la ejecución de trabajos de reparación, el profesional deberá determinar el plazo de obra que considere necesario.

Al momento de finalizar el plazo de obra, se pueden presentar distintas alternativas:

1- En el caso de haber finalizado las tareas recomendadas de acuerdo al informe técnico, el profesional presenta al GCABA el Certificado de Conservación, antes del vencimiento del plazo de obra.

2- En el caso de haberse ejecutado tareas recomendadas, y no haber finalizado las mismas, el profesional presenta al GCABA un informe antes del vencimiento del plazo de obra, en el que se consigna lo realizado hasta la fecha, y otorga un nuevo plazo. Este informe deberá ser firmado por el profesional y el administrador

3- En el caso de que no se hubieran ejecutado las tareas recomendadas en el informe técnico, el profesional deberá dar aviso de esta circunstancia al GCABA, el cual intimará al consorcio a regularizar su situación. Si el consorcio no respondiera a la intimación, entrará en el circuito de moras y se le aplicaran multas, hasta su regularización.

f) Aviso /Permiso de obra: el Area 257 del GCABA, a través de su nuevo director, Sr. Norberto Ochoa, ha logrado salvar un escollo importante a la hora de solicitar permisos y/o avisos de obra, en virtud de lo cual no se requiere la conformidad del 100% de los copropietarios para la tramitación de estos permisos. Para hacer valer esta excepción, basta con consignar en la presentación del trámite que las tareas a ejecutar son para dar cumplimiento a la ley Nº 257.

Esta excepción es válida siempre y cuando las tareas sean de reparación. No se admite esta excepción cuando las tareas implican modificaciones de las fachadas.

Alejandra Rodrigues Gesualdi
Arquitecto Víctor Murgia

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Informe Especial

A ESTRENAR, Y CON GRAN CANTIDAD DE SERVICIOS

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UN RELEVAMIENTO DE LA OFERTA EN CAPITAL FEDERAL MUESTRA UNA MARCADA TENDENCIA EN LA OFERTA INMOBILIARIA A CONSTRUIR Y VENDER EDIFICIOS CON MULTIPLES SERVICIOS ADICIONALES.

Según la observación realizada en la exteriorización de la oferta publicada en los diarios Clarín y La Nación, los nuevos edificios que se construyen en la Capital Federal cuentan hoy con una variada cantidad de servicios accesorios que resultan relevantes en comparación con otras épocas del país.

Según los datos que surgen del trabajo realizado sobre los avisos Notables de las publicaciones referidas, los emprendimientos más importantes estarían concentrados en algunos barrios de la Capital Federal como Puerto Madero, Barrio Norte, Palermo, Recoleta, Caballito, Núñez y Villa Urquiza. Estos resultados se ven confirmados por estudios de cotizaciones que el metro cuadrado se mantiene por encima del resto en el corredor Norte y en otros barrios con cierta homogeneidad edilicia y valores de incidencia de la tierra que se muestran convenientes para los inversores que planean nuevas construcciones.

Afianzando el repunte que la construcción viene sosteniendo desde los últimos meses, se entregará la posesión, durante el año 2005 de alrededor de 400 edificios nuevos en el área de la Capital Federal. Este número, sin embargo, no parece suficiente material para el target ABC1, lo que colabora a sostener los precios de estos emprendimientos de gran categoría.

El mismo relevamiento deja ver que se trata de proyectos que ofrecen servicios diferenciales, con los que no contaban tradicionalmente las construcciones que formaban parte de la oferta edilicia de años anteriores, como ser pileta, solarium, sauna, parrilla, yacuzzi, laundry, quincho, gimnasio y salón de usos múltiples. Incluso pueden verse edificios que contarán con canchas de tenis y hasta una jaula para la práctica del golf.

En relación con el panorama que surge de esta muestra, debemos decir que se nota un cambio notorio en la oferta de edificios de departamentos a estrenar, que hace foco en un segmento de construcción de alto costo, preparado para un segmento de alto poder adquisitivo que demanda un diferencial en el rubro servicios. Fuera de toda duda queda el hecho de que todos estos edificios deberán contar con servicio de vigilancia las 24 hs. del día.

DIRENCIA CON LOS AÑOS 90. Lejos parece haber quedado el cliente que contaba con amplias y cómodas líneas de crédito hipotecario y que buscaba entonces una ecuación que equilibrara la cuota de su préstamo con el ingreso mensual que percibía, un cliente para el cual se buscaba adecuar los costos a su capacidad de pago. Este grupo, que en los años 90 tenía un acceso masivo a la vivienda, y cobra sueldos en pesos, hoy no califica para un volumen de crédito que le permita recuperar su lugar en el mercado. Hoy el segmento que invierte en una operación inmobiliaria está formado por un conjunto de inversores de mayores ingresos que en general no requieren de un crédito para adquirir un inmueble o que requieren en algunos casos sólo una pequeña proporción para alcanzar a cerrar una operación; sus exigencias son distintas: buscan buena ubicación, seguridad y un Standard de vida elevado gracias a los servicios diferenciales.

Finalmente la muestra revela también que, con foco en Puerto Madero, la oferta se ha volcado a la construcción de viviendas, marcando también un cambio en relación con la década anterior, en la cual se apuntaba al segmente de oficinas de categoría. Es destacable asimismo que no se trata exclusivamente de unidades de muchos ambientes y que en un porcentaje superior al 80% las inmobiliarias utilizan la red Internet para ampliar la información que publican en los diarios.

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EN BUENAS MANOS

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ACUERDO DEL SECTOR DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL CON LA SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

El día 27 de abril se ha firmado un importante acta-acuerdo con la Subsecretaria de Defensa del Consumidor. Los integrantes de varias asociaciones y Cámaras del sector han hecho entrega a la Titular de esa Subsecretaría, Patricia Vaca Narvaja, del texto del Código de Buenas Prácticas Comerciales para el Sector de la Propiedad Horizontal. En ese acto acordaron lo siguiente: Considerando: Que con fecha 23 de junio de 2004 se ha suscripto el Código en cuestión como marco de referencia y autorregulación de las operaciones del sector, estableciendo reglas de comportamiento comercial y mecanismos de solución de eventuales conflictos. Que esta Actividad influye sobre más de 14 millones de habitantes que conviven en edificios de Propiedad Horizontal en Argentina y que las prácticas recomendadas por este Código reanudaran en beneficios para todos. Que el mismo se encuentra centrado en el principio de la libertad contractual, ofreciendo un instrumento sobre el cual se ejerza este derecho otorgando la posibilidad de mejorar las prácticas comerciales habituales del sector, siendo su adhesión voluntaria por parte de los proveedores de la propiedad horizontal.

Que conforme lo previsto por el mismo Código, las partes han reconocido como instancia hábil y conveniente para dirimir los conflictos que se pudieran provocar a los Tribunales Arbitrales de Consumos dependientes de la Subsecretaria de Defensa del Consumidor. Acuerdan: Solicitar a la Señora Subsecretaria de Defensa del Consumidor de la Secretaria de Coordinación Técnica del Ministerio de Economía y Producción que el Organismo a su cargo se constituya en DEPOSITARIO del texto del Código de Buenas Prácticas Comerciales para el Sector de la Propiedad Horizontal suscripto con fecha 23 de junio de 2004, a los fines de velar por su cumplimiento y afianzamiento de la transparencia en las relaciones comerciales entre las partes.

El Acuerdo fue firmado por la ya mencionada Patricia Vaca Narvaja y los representantes de las diferentes Cámaras y Asociaciones del Sector de la Propiedad Horizontal.

¿Que es el Código de Buenas practicas Comerciales?

Se trata de un instrumento privado, de adhesión voluntaria, que no afecta la libertad contractual de las partes sino que funciona como marco en el cual se ejerce esa libertad y mejora las practicas comerciales del sector a través del afianzamiento de cuestiones como el cumplimiento de lo formalmente pactado, la no discriminación de clientes, la transparencia en las condiciones de negociación, y el reconocimiento de una instancia arbitral ágil para la solución de posibles controversias.

Para acceder al texto completo del Código de Buenas Prácticas Comerciales visite www.buenaspracticas.org.ar o bien solicita información a través de info@buenaspracticas.org.ar

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Laboral

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Pregunta
El encargado del edificio se encuentra con licencia por debido a que se le ha realizado una. Como es habitual dicho señor cobra horas extras por trabajar sábados por la tarde y domingos por la, nuestra duda es si durante el mes de diciembre, que él no se ha desempeñado debido a su licencia, dichas horas extras se pagan igual o únicamente se le pagan a su reemplazante.

Respuesta
Tal como lo establece el Art. 208 de la L.C.T., que es la norma que rige el pago de los haberes por enfermedad, la misma establece “… La remuneración que en estos casos corresponda abonar al trabajador se liquidara conforme a la que perciba en el momento de la interrupción de los servicios, con más los aumentos que en el periodo de interrupción fueran a cordados a los de su misma categoría por aplicación de una norma legal, convención colectiva de trabajo o decisión del empleador. Si el salario estuviese integrado por remuneraciones variables se liquidara en cuanto a esta parte según el promedio de lo percibido en el ultimo semestre de prestación de servicios, no pudiendo en ningún caso, la remuneración del trabajador enfermo o accidentado ser inferior a la que hubiere percibido de no haberse operado el impedimento…”

Por tanto, y tratándose las horas extras de una remuneración variable, es de aplicación lo establecido por el Art. 208 de la L.C.T. dejando a salvo que las horas extras corresponde abonarlas siempre que el empleado a la época de enfermedad o el accidente las estuviere trabajando. Esta demás decir que además de las horas extras, también deben abonarse los plus que el empleado venía cobrando, tal como sería el caso de los empleados que cobran la recolección de residuos.

Dr. Enrique Albisu • Asesor Laboral

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Técnico Municipal

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Pregunta
¿Hemos recibido una cédula de intimación por parte del G.C.B.A. por falta de cumplimiento de la Ley 257 Seguridad en frentes y balcones, como debemos proceder?

Respuesta
En principio de debe contratar los servicios de un profesional matriculado, arquitecto, ingeniero o maestro mayor de obras según la magnitud del edificio.

El profesional debe certificar la encomienda de tareas profesionales en su Consejo respectivo, y el propietario, administrador o representante del edificio o consorcio debe presentarse ante la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, (oficina Ley 257), en Carlos Pellegrini 211 o 291, 2º piso, con una nota de respuesta de intimación y adjuntar fotocopia de la intimación, de la encomienda de tareas del profesional, del D.N.I. y del acta de nombramiento certificado por escribano.

Esta presentación se debe realizar por triplicado, contando luego el profesional contratado con 90 días para presentar ante la misma oficina de la D.G.F.O.C. el informe técnico y el certificado de conservación correspondiente.

En caso que el edificio no se encuentre en condiciones técnicas para certificar, el profesional solo presentará el informe técnico, indicando las tareas a realizar, con un plazo estipulado por este, vencido dicho plazo, el mismo deberá presentar el certificado, o en su defecto una prórroga debidamente justificada o el desligue de firma si no se han ejecutado ninguna de las tareas encomendadas en el informe respectivo.

Arquitecto Antonio Aguel
Asesor Técnico Municipal

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Arquitectura

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Pregunta
Habiendo recibido una intimación de la DGFOC por incumplimiento en la presentación del Certificado de Conservación reglamentado por ley Nº 257 del GCABA, puedo presentar un escrito que indique que el edificio se encuentra en buen estado de conservación?

Respuesta
La única forma de presentación que admite el GCABA es la que indica la ley Nº 257; es decir, la de contratar a un profesional que realice un informe técnico de acuerdo a los lineamientos de la ley, que incluya el relevamiento de todas las caras expuestas del edificio, y exprese en el mismo que el edificio cumple con lo establecido en la ley Nº 257 y sus decretos.

Ese informe deberá ser presentado junto con el certificado de conservación, la encomienda profesional certificada por el Consejo profesional correspondiente, una fotocopia del acta certificada por escribano, y una nota de presentación timbrada .Todos estos documentos deberán ser presentados en original y dos copias por el profesional actuante ante el GCABA. De acuerdo a la antigüedad y el estado de conservación del edificio, se establecerá la fecha de vencimiento del certificado de conservación, entre 2 y 10 años.

En el caso de haber recibido una intimación, el consorcio dispone de 20 días hábiles a partir de la fecha de notificación para contratar un profesional, que presente en la DGFOC un formulario de respuesta a la intimación acompañado de la encomienda profesional correspondiente y la fotocopia del acta de designación certificada ante escribano. Esta presentación también debe ser hecha por triplicado, y presentada por el profesional actuante.

Arquitectos Alejandra Rodrígues Gesualdi y Víctor Murgía. • Consultorio de Arquitectura

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Jurídico

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Pregunta
Hace aproximadamente cinco meses renuncié a la administración de un consorcio, y en reiteradas oportunidades solicité al nuevo administrador, retirara la documentación y rendición de cuentas final, de la cual surge un saldo a mi favor.


Respuesta

No menciona en su consulta la forma en que hizo el requerimiento al actual administrador, por lo tanto de no haber intimado por carta documento a retirar la documentación, la rendición de cuentas y abonar las sumas adeudadas, considero que deberá hacerlo por esa vía, dando un plazo de diez días, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales que correspondan.

En caso de recurrir por la vía judicial, la demanda será por presentación de las cuentas que han quedado sin aprobar y por el saldo acreedor que considera le adeuda el consorcio.

Una vez corrido el traslado de la demanda, el consorcio demandado podrá aceptar la rendición o en su defecto impugnarlas. En este caso será de importancia la prueba judicial contable y oportunamente el tribunal dictará sentencia dando por rendidas las cuentas o haciendo lugar a las impugnaciones.

De dicha sentencia resultará un saldo final que deberá ser depositado dentro del plazo que se fije en la misma.

Dr. Jorge S. Villar • Asesor Letrado

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Contable Impositivo

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Pregunta
Dado que el consorcio está en condiciones de solicitar el reintegro de asignaciones familiares y carece de una cuenta bancaria para que la ANSeS le acredite el monto de las mismas, pregunta si dicha acreditación puede realizarse en la cuenta del administrador y en caso afirmativo que documentación debe presentar.

Respuesta
La Resolución ANSeS 281/2001 establece un mecanismo de pago para las solicitudes de reintegros de asignaciones familiares consistente en la acreditación del monto de los mismos en las cuentas bancarias declaradas por los empleadores ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.) o ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.).

Los empleadores deben declarar ante la A.N.Se.S., mediante el F. “Declaración jurada Solicitud de acreditación directa de reintegros de asignaciones familiares - Sistema Nacional de Pagos” (Formulario PS 2.43), la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de una cuenta de depósitos bancaria, a fin de que se acrediten los montos en concepto de reintegros de asignaciones familiares en la misma.

La resolución 665/2003 ANSES establece que los depósitos por reintegros de asignaciones familiares a favor de Consorcios de Propietarios deben realizarse a elección de este último, en su cuenta bancaria, o en la de su Administrador.
Para que sea procedente el depósito en la cuenta bancaria del Administrador deberá presentar:

a) El formulario “Declaración jurada Solicitud de acreditación directa de reintegros de asignaciones familiares - Sistema Nacional de Pagos” (Formulario PS 2.43),
b) El formulario “Solicitud de reintegro de Asignaciones Familiares” (Formulario PS 2.32) acompañado de la documentación respaldatoria establecida en la Resolución D.E.N.-N° 281/01
Además deberá tener en cuenta lo siguiente:

A) Para el caso que el Administrador de Consorcio sea persona física:
I) Copia certificada del Acta de Asamblea en la que se designa el Administrador, donde consten sus datos personales.
II) Copia certificada del Acta de Asamblea en la que el Consorcio autoriza al Administrador expresamente a percibir en su cuenta los importes por reintegros de asignaciones familiares, debiendo especificar el nombre del titular de la cuenta y el número y Banco de la misma y reconocer el efecto cancelatorio de los depósitos referidos hasta tanto se notifique a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL una decisión en contrario.
III) Copia del Documento Nacional de Identidad del Administrador.

B) Para el caso que el Administrador de Consorcio sea persona jurídica:
I) Copia certificada del Acta de Asamblea en la que se designa el Administrador, donde consten los datos de la empresa.
II) Copia certificada del Acta de Asamblea en la que el Consorcio autoriza a la Administración expresamente a percibir en su cuenta los importes por reintegros de Asignaciones Familiares, debiendo especificar la Razón Social de la Administración, el número de CUIT de la misma, el nombre del titular de la Cuenta Bancaria, el número y Banco de la misma y reconocer el efecto cancelatorio de los depósitos referidos hasta tanto se notifique a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL una decisión en contrario.
III) Copia de la Constancia de Inscripción en AFIP (CUIT) de la Administración.

Dr. Roberto Kinsella,
Asesor Contable Impositivo

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UN MERCADO GLOBALIZADO

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Las operaciones inmobiliarias transnacionales representan un mercado en crecimiento, y una herramienta para Federaciones, Brokers y consumidores.

El efecto de la globalización ha transformado los hábitos de consumo en todas las sociedades del mundo. Lo que antes podía representar un privilegio para aquellos que pudieran acceder a otros mercados en el extranjero, se ha convertido lenta y progresivamente en una posibilidad ampliada para una más importante cantidad de gente. La regionalización de productos y empresas en el mundo ha sido un paso fundamental en este sentido, transformando culturalmente hábitos y costumbres sociales en todos los países.

Los acuerdos comerciales y fundamentalmente la asociación comercial de países, como la CEA y el MERCOSUR han facilitado la integración de productos y servicios que en otro momento estaban reservados a una estrecha franja de especialistas.
Un elemento absolutamente imprescindible para la interrelación es el avance de las comunicaciones, y el uso satelital de la telefonía, el mail, y fundamentalmente, Internet.

El mercado Inmobiliario. El comercio electrónico también gana peso en la estrategia comercializadora de las inmobiliarias, aunque la inversión en la red aún dista mucho de la de otros canales utilizados con más frecuencia. Un informe del Diario “El Mundo”, de Madrid, informa que en ese país, tres de cada 10 compradores potenciales de vivienda contactan, por primera vez, con las promotoras a través de Internet, un vehículo de venta al que le queda mucho desarrollo y que cada día está teniendo más peso en la estrategia de las empresas del sector. Al respecto, el mercado inmobiliario argentino se ha ido agrupando a través del S.O.M. que es un sistema inmobiliario creado en Abril de 1982, a través del cual un conjunto de empresas inmobiliarias dan a conocer entre sí las ofertas que reciben para la venta o alquiler, mejorando así la eficiencia del mercado en general. El servicio, que jerarquiza la actividad en la Argentina, ha sido posible gracias a la digitalización de las bases de datos de las distintas empresas que engrosan una red con las inmobiliarias más importantes del país, e interconectado a su vez con otros sistemas Inmobiliarios. El Club de Inmobiliarias S.A., dueña de la marca SOM, tiene su propio centro de cómputos y ofrece un servicio de computación e interconexión a otros sistemas del país. El CIC (circulo inmobiliario computado) y la UICOM (unión inmobiliaria computada) de la zona sur del gran Buenos Aires, el CLEARING BNP (clearing inmobiliario de Barrio norte-Palermo); y el SICOM (servicio inmobiliario computado) de las Provincias de Chaco y Corrientes. También forman parte de esta red el PATAGONIA REAL ESTATE grupo inmobiliario de la Patagonia Argentina tomando hasta tierra del fuego, y el grupo PRIN (Profesionales Inmobiliarios) del Oeste del Gran Buenos Aires. También ingresaron muchas importantes empresas en forma individual del interior del país, de Uruguay y Chile.

Con la llegada de Internet se organizó y puso en marcha el portal inmobiliario http://www.topinmobiliario.com, organizado por profesionales inmobiliarios de toda América latina y que posee más de 73.000 propiedades ofrecidas on-line.

El concepto de compartir información entre los inmobiliarios fue una propuesta de los colonos del SOM; tomada de EEUU inicialmente y luego adaptada a la realidad Argentina, ha sido un éxito en toda Latinoamérica, siendo copiado en la actualidad por gran cantidad de países de habla hispana.

Este antecedente a nivel local sirve de referencia para entender los alcances y la importancia de los portales Internacionales. En un momento en donde las asociaciones de toda América Latina se reúnen y buscan la forma de relacionarse, las herramientas virtuales son un paso fundamental en ese sentido.

RED DE REDES. EL MERCADO INTERNACIONAL. El Internacional Consortium Of real Estate Associations (ICREA) es una alianza de las asociaciones líderes en la actividad inmobiliaria en cada uno de sus países, que representan a los mercados claves en el mundo. A través de un acuerdo multilateral y un protocolo de acción específico, esta alianza no solamente facilita la posibilidad de sus miembros de realizar transacciones internacionales, sino que además colabora como centro de gestión de los negocios locales, publicando las propiedades, cursos, conferencias y demás actividades de cada asociación.

Este Consorcio Internacional de Asociaciones de Bienes Raíces, creado en el año 2001, provee de ventajas significativas a los miembros de las Asociaciones, quienes pueden efectuar transacciones inmobiliarias a nivel mundial, proporcionando asistencia para que estos negocios se realicen de manera eficaz y lucrativa. También, a la manera de los portales nacionales, a través de su página en http://www.worldproperties.com, ayuda a compradores y vendedores a encontrar propiedades fuera de sus respectivos países a través de un profesional inmobiliario que puede satisfacer sus necesidades.

El conglomerado de 23 asociaciones representan mas de 2 millones de profesionales inmobiliarios y es una organización que incluye Federaciones de: Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Republica Checa, Dinamarca, Finlandia, Francia, Grecia, irlanda, India, Italia, México, Holanda, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia, Rusia, España, Suecia, Gran Bretaña, Estados Unidos y Venezuela.

Esta posibilidad abierta gracias al crecimiento geométrico de la utilización de Internet, abre un nuevo panorama para la Industria Inmobiliaria. El mercado potencial de esta importante herramienta de Marketing esta calculado en un total de en 8 millones de personas. Es imprescindible para generar este paso hacia los mercados internacionales apoyarse en un sistema de cooperación, compartiendo, para ganar un espacio en el difícil mercado internacional. ICREA, como el SOM en la Argentina y decenas de otros portales en Latinoamérica y en el mundo, han entendido ese concepto dejando de lado el individualismo y aunando fuerzas.

Sabemos que la compra venta inmobiliaria representa un altísima porción de la economía de un país, sin embargo las transacciones inmobiliarias transnacionales son todavía un mercado muy reducido. Conocer, aunque sea brevemente y sólo a modo de acercamiento, lo que sucede en los diferentes mercados es una necesidad, impuesta por la globalización y las fronteras cada vez menos rígidas para los inversores.

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INCONSTITUCIONALIDAD

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DEL ART 39 INC. 1º DE LA LEY 24557
EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HA PUESTO EN JUEGO UNA NUEVA ALTERNATIVA EN LA RELACIÓN ENTRE EMPLEADORES Y EMPLEADOS.

El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de septiembre del año pasado representa un componente nuevo en el horizonte de las relaciones laborales. En lo que interesa, se admitió el reclamo de una indemnización por minusvalía laboral con fundamento en normas de derecho común, elevando el monto de la condena. Se trata del fallo “Aquino Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A. s/ accidentes ley 9688”. Se entendió allí que resulta incompatible con las garantías constitucionales que una persona incapacitada por la culpa de otro o por la cosa viciosa o peligrosa bajo la guarda de un tercero no pueda ser indemnizada en plenitud por el sólo hecho de ser un trabajador. Frente a todo ello, se señaló además en la sentencia que nada pueden los argumentos generales y abstractos relativos a la previsibilidad económica del sistema instaurado por la ley 24.557 de aseguradoras de riesgos de trabajo, o al obligado resguardo de los intereses de la comunidad global por sobre alguno de sus sectores, porque en tal caso la directiva implementada no puede ser irrazonable ni preterir otros derechos también reconocidos, como el de la integridad de la reparación o los relacionados con la tutela del trabajo en sus diversas formas. (Del Dictamen del Procurador General)

El debate no debería agotarse en ese límite; la problemática generada a partir del nuevo régimen de aseguradoras de riesgos de trabajo y su alteración de las condiciones del mercado no ha sido tratado en profundidad por el Tribunal Supremo. La Corte, en el fallo que nos ocupa, se ha pronunciado sobre el tema centrando la cuestión en el dueto trabajador-empleador únicamente. Vale recordar entonces que como dijera el Alto Tribunal recientemente, en oportunidad de declarar la inconstitucionalidad del Art. 245 LCT, y como lo ha repetido en parte ahora, al hacer lo propio con el Art. 39 inc 1 LRT, “El hombre no debe ser objeto de mercado alguno, sino señor de todos éstos, los cuales sólo encuentran sentido y validez si tributan a la realización de los derechos de aquél y del bien común. De ahí que no debe ser el mercado el que someta a sus reglas y pretensiones las medidas del hombre ni los contenidos y alcances de los derechos humanos. Por el contrario, es el mercado el que debe adaptarse a los moldes fundamentales que representan la Constitución Nacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos de jerarquía constitucional, bajo pena de caer en la ilegalidad”

Así, la Corte ha estimado que es inconstitucional eximir al empleador de responsabilidad civil mediante la prestación del Art. 15 inc. 2 de la ley en cuestión. Esta sentencia, sin embargo, no cuestiona ni pretende la frustración de los elevados propósitos, según sus propios términos, de automaticidad y celeridad del otorgamiento de las prestaciones perseguidas por la LRT, manifestando que del hecho de ser inconstitucionalmente invalido que la mentada prestación de la LRT origine la eximicion de responsabilidad civil del empleador no se sigue que las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo queden relevadas de satisfacer las obligaciones que han contraído en el marco de la ley.

Así las cosas, la posición de la Corte deja abierta la vía Civil para los casos en que para lograr una reparación integral en un accidente de trabajo, los empleados se crean con un mejor derecho de reclamo que el que reciben según la ley actual.

Esta resolución de la Justicia ha inaugurado una situación novedosa que deja al descubierto a las empresas frente a la eventualidad de un accidente de trabajo. La indemnización reclamada por una suma superior a los máximos establecidos, sobre todo la reparación por daño moral que integra el reclamo y no se encuentra debidamente merituada en la legislación vigente, genera una diferencia que actualmente no está contemplada en muchísimos consorcios; ya se ha tomado debida nota en las compañías de seguros que, a esta altura, ofrecen planes de cobertura por las diferencias resultantes de una posible sentencia en contra.

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UN PANORAMA LLENO DE INCERTIDUMBRES

Por Lic. Lucas Newton

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Con bancos con buen grado de liquidez y atractivas ofertas de créditos hipotecarios, y salarios que aún no recuperan su valor frente a la pérdida sufrida por la devaluación

Con la llegada de la devaluación, el panorama de las operaciones inmobiliarias en el país se vio enrarecido. La falta de confianza en los bancos, y la necesidad de los vendedores que ponían precios de liquidación para sus propiedades, sumado a una legislación que autorizaba a retirar el dinero retenido en el corralito a través de la compra de inmuebles, hizo que durante la primera etapa de la crisis argentina del 2001/2002 la gente optara por la inversión inmobiliaria. Dentro de un margen de escasa actividad, se realizaron algunas operaciones insólitas. Hoy, después de tres años, con un incipiente repunte del mercado y una lenta recuperación en la confianza dada a la plaza bancaria, los departamentos en la ciudad de Buenos Aires han recuperado, en promedio, el valor en dólares que tenían con anterioridad a la crisis.

Del otro lado, la gente común no ha visto incrementado en la misma medida sus salarios, con lo cual su capacidad de acceder a comprar un departamento se ha vuelto, a grandes rasgos, tres veces más difícil.

LOS CREDITOS HIPOTECARIOS. Los bancos han lanzado nuevas líneas de crédito hipotecarios, con las tasas de interés mas bajas de los últimos 15 años, inferiores aún a las que regían durante la convertibilidad. En las estadísticas del último trimestre del 2004 y comienzos de este año, se nota una clara reactivación a partir del crecimiento de la demanda, dada la mayor predisposición de la gente a endeudarse en pesos.

La tendencia al crecimiento, que comenzó durante el año 2004, después de que el mercado inmobiliario se redujera notablemente durante los años 2002 y 2003, se está consolidando en esta primera mitad del año, con un desarrollo que avanza mes a mes y que resulta notorio cuando la comparación es interanual, según las cifras del Banco Central.

Consultado el Departamento Comercial del Banco Hipotecario, sostienen que “La demanda de créditos hipotecarios viene mostrando un crecimiento lento pero sostenido desde el mes de diciembre del año pasado. Esto aún no alcanza a reflejarse en la colocación, aunque entre dicho mes y abril de 2005 el monto mensual colocado aumentó en un 30%. Esto se explica por las acciones publicitarias que el banco viene realizando en medios masivos gráficos, radio y TV, en donde resaltamos la oferta de préstamos a tasa fija en pesos a 15 años (9.75 % TNA), con requisitos de ingresos más flexibles para el solicitante ($ 1.500 netos por mes). En este momento el Banco Hipotecario es el único del mercado que tiene estas condiciones y eso hace que el número de solicitudes que estamos recibiendo en este momento triplica a la de meses anteriores”

Bancos como el Nación ofrecen financiar hasta el 80% del valor de las viviendas con créditos de 3 a 20 años, tasas del 11% anual y montos máximos de 200 mil pesos. El Banco Galicia financia hasta el 70% del inmueble, con tasas que arrancan desde el 8% anual para sus préstamos en pesos. Sin embargo todavía hay bancos que no han definido su posición en el mercado y no han lanzado aún una línea de créditos hipotecarios.

Todos los responsables de las entidades bancarias coinciden en que el crecimiento de la demanda que se experimentó en los meses de enero, febrero y marzo, continuará en los meses siguientes. Al respecto Claudio Miteff, gerente de Créditos e Inversiones del Banco Río sostuvo que en el 2005 hay solicitud por 400 millones de pesos y espera que esas cifras alcancen los 700 millones. Los operadores del Banco Hipotecario sostienen también que la demanda seguirá creciendo durante todo el año: “Los créditos hipotecarios continúan siendo el producto estrella del BH y queremos seguir siendo líderes en la oferta de préstamos en todo el país. Contamos con una estructura altamente especializada para ese fin y además corremos con la ventaja de haber sido el banco que acercó a la gente a su primera vivienda durante más de cien años”

Sin embargo, y aunque las expectativas son alentadoras, financiar una vivienda sigue sin ser una cosa sencilla. En las actuales condiciones de mercado, por cada 10 mil pesos de un crédito hipotecario a 10 años, el usuario debe reintegrar al Banco un importe que representa aproximadamente entre el 65% y el 72% más de lo que recibió, sólo en capital e intereses, y que sumados los gastos y seguros, alcanzan casi a duplicarlo. Por otro lado, la relación cuota-ingreso de los créditos hipotecarios del mercado, resulta excluyente para la clase media que aún no ha recuperado el valor de sus salarios y queda reservada para clientes de mayor capacidad adquisitiva.

EL PERFIL DE LOS CLIENTES. Según un estudio del Banco Río, el tomador de crédito hipotecario tiene en promedio 38 años de edad, se endeuda a 11 años por igual a tasa fija o variable, el monto total del crédito que solicita es de 60.461 pesos y adquiere viviendas por valores promedios de 137 mil pesos. Además, y según el mismo informe, el 79% se desempeña en relación de dependencia, el 9% es profesional, y el 12% restante reviste el carácter de trabajador autónomo. La principal provincia demandante de créditos hipotecarios es Buenos Aires con el 37%, seguida por Capital Federal con el 31%, y mucho más atrás por Córdoba, Santa Fé y Mendoza, con promedios que oscilan entre el 7% y el 3%. Por su parte Sergio Saraniti, gerente de desarrollo de productos del Banco Hipotecario cuenta que los préstamos promedio que se toman son de 55 mil pesos, con un ingreso familiar de entre 3.500 y 4.00 pesos: “Los créditos más buscados son aquellos que se destinan a la adquisición de vivienda, un 60% de los préstamos solicitados tiene este destino. En segundo lugar están aquellos con destino construcción de vivienda, que representan el 11% del total. Actualmente notamos un aumento importante en la demanda a través de inmobiliarias. El plazo más buscado es el de 120 meses aunque está empezando a colocarse a 180 meses”

EL PLAN “VIVIENDA PORTEÑA”. El Jefe de Gobierno Porteño, Aníbal Ibarra, y Ernesto Selzer, presidente del Instituto de la Vivienda, junto con el titular del Banco de la Ciudad, Eduardo Hecker, presentaron en el mes de febrero un programa mixto de inversión estatal y capitales privados destinados a familias de clase media que perciben ingresos mensuales de entre 1.800 y 4.000 pesos, con capacidad de ahorro, pero que encuentran restricciones para alcanzar un crédito hipotecario en el sistema bancario privado. La línea de financiamiento del Banco Ciudad será por un monto de 45 millones de pesos y permitirá financiar la construcción de 900 nuevas viviendas en los próximos dos años. Los créditos serán de hasta un 85%, con una financiación a 25 años distribuida de la siguiente manera: durante los primeros 20 años, el Banco Ciudad cubrirá el 60% con una tasa anual del 8%, mientras que durante los últimos 5 años el Instituto de la Vivienda se hará cargo del 25% restante a una tasa anual del 6%.

Esta iniciativa se inserta dentro de una política activa que el Banco Ciudad viene desarrollando con relación a créditos hipotecarios que lo instala como entidad financiera líder en el mercado, debido a que ha apoyado a segmentos de ingresos medios que habían quedado afuera del crédito hipotecario: el 69% de los créditos que otorgó fueron para familias con ingresos de entre mil y 3 mil pesos.

EXPECTATIVAS. Con todo, la leve recuperación que va mostrando el crédito en el país, dejó 348 anotaciones de hipotecas en el mes de febrero, y la convicción en el mercado de que lentamente se irán recuperando los valores históricos promedio, que en la década del 90 llegaban a las 2000 hipotecas mensuales. Lo inusual resulta entonces que, ni siquiera la renovada oferta de créditos, derivada del buen grado de liquidez de los bancos, parece capaz de hacer reaccionar con firmeza al mercado. “La oferta de préstamos hipotecarios está muy dinámica y con propuestas agresivas con tasas fijas en pesos y más bajas que antes. Pero la demanda está retraída porque los salarios no han evolucionado” dice Alberto Chiarelli, gerente de Marketing del Banco Galicia. Con este panorama, todavía se vive con gran incertidumbre la situación del mercado inmobiliario, y a pesar del optimismo que reflejan los operadores bancarios y algunas inmobiliarias, lo cierto es que todavía no ha pasado el tiempo suficiente para que la gente se anime a endeudarse masivamente, como lo hacía antes del default.

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LA ACTUALIZACION DE LOS MONTOS EN LOS CONSORCIOS

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Los seguros de consorcios ofrecidos por las compañías cubren en general los riesgos básicos tales como el incendio del edificio, la responsabilidad civil frente a daños causados a terceros, los daños a cristales, el robo, los daños causados por agua, la perdida o daño de aparatos electrodomésticos, la responsabilidad civil relacionada a los ascensores y los accidentes personales. También se encuentran cubiertos dentro de este paquete los accidentes del personal y los accidentes de trabajo. Pero lo que resulta absolutamente imprescindible es la contratación de los riesgos de incendio y responsabilidad civil.

La suma asegurada en las pólizas contratadas por los consorcios se aplica primero a la cobertura de las partes comunes y luego a las partes exclusivas, según los porcentajes que tengan estas ultimas dentro del consorcio. Dependiendo del caso, las coberturas pueden ser a prorrata, en cuyo caso la compañía pagará en la misma proporción en que se aseguró el bien con relación a su valor real. En algunos casos sin embargo podrá contratarse a primer riesgo absoluto (se reintegrará la suma por el valor real del bien asegurado). En este caso se indemnizará el daño hasta el límite máximo por el cual responderá la aseguradora, sin tener en cuanta la proporción que exista entre la suma asegurada y el valor real del bien asegurado.

EL COSTO DE LA CONSTRUCCION. A raíz del la variación del costo de la construcción originado en el aumento del valor de insumos, materiales, y el aumento también de la mano de obra en virtud de las modificaciones de los convenios colectivos de trabajo, ocasiona que muchas veces los costos de reposición de un edificio tengan sustantivas variaciones respecto de las sumas por las cuales los administradores los mantienen asegurados. Esto trae aparejado que por ejemplo en el caso de un seguro de incendio, no tener asegurado el edificio por el 100% de su valor pueda traernos problemas. En la eventualidad de un siniestro en el cual la Compañía de Seguros pagará a prorrata, la variación del valor de reposición puede hacer que una parte del daño no quede cubierta, creando una situación crítica, dado que la mayoría de los consorcios no cuentan con fondos de reserva. En el caso de que la responsabilidad sea de un propietario que no pueda solventar la reparación, habrá de generarse un conflicto.

Para mantener actualizados los seguros se deberá entonces tomar en cuenta el índice que surge de la publicación de la revista Vivienda que da como referencia el costo de reposición de un edificio tipo tomando en cuenta la actualización de todos los insumos que hacen a la construcción del edificio, ítem por ítem, incluyendo además materiales y mano de obra y llegando así a informar de forma actualizada y mensualmente lo que cuesta reponer un edificio tipo en la Ciudad de Buenos Aires. Este índice es utilizado por todos aquellos que trabajan en el rubro de Seguros, como asimismo por los peritos que desarrollan sus tareas en Tribunales, ya que se trata de una revista de mucho prestigio.

De cualquier manera vale decir que si bien se habla de valores promedio, cada empresa maneja puntualmente una estructura de costos diferente, en la que puede haber variaciones en más y en menos.

En cualquier caso, seguir de cerca el manejo de los contratos de seguros de los consorcios es una tarea exigente pero que mantiene a los administradores cubiertos frente a situaciones críticas.

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NORDELTA CONSOLIDA SU PROPUESTA
Con el lanzamiento de la segunda etapa de los Studios Paseo de la Bahía, Nordelta fortalece su idea de convertirse en una Ciudad Pueblo.

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El más importante desarrollo residencial del país, y el más significativo de Latinoamérica, continúa su crecimiento. Desde su inicio hace mas de diez años, Nordelta ha ido progresando rápida y sostenidamente hasta el presente, liderando una tendencia del sistema urbano de Buenos Aires, que desde 1990 se vio sometido a un proceso de transformaciones estructurales tan profundo que ha supuesto una ruptura con las pautas tradicionales de expansión urbana.

El proyecto ocupa 1.600 hectáreas, de las cuales 800 hectáreas son destinadas a espacios verdes, 300 hectáreas corresponden a áreas comunes y 200 hectáreas a espejos de agua, lo que resulta impresionante por su gran envergadura. Representa la mayor expresión de una modalidad de inversión en auge, ligada a la realización de barrios privados y clubes de campo. Ya se han desarrollado en Nordelta siete barrios diferentes con variada oferta en el tamaño y la cantidad de los lotes. Puesto en marcha el Plan Director, que asegura un desarrollo planificado y ha sido declarado de interés Provincial por el Gobierno de Buenos Aires, la ciudad aparece fuertemente ligada a la naturaleza, y sólo el 38 % del terreno total ingresará en el programa de ventas. Pensada para un futuro de cien mil personas, viene construyendo progresivamente para sus habitantes una oferta residencial, comercial y educativa, así como un centro deportivo de importantes características. Para los amantes del golf se ha inaugurado recientemente una cancha diseñada por el famoso jugador Jack Nicklaus, y cuenta también con lugares ideales para la práctica de deportes náuticos. Ya funciona, además, un Centro Médico propio dentro del complejo, emprendimiento que en conjunto han realizado los sanatorios Otamendi y Las Lomas en un predio que ocupa 1 hectárea.

Como novedad, el 16 de abril se ha lanzado la preventa de la segunda etapa de los llamados Studios Paseo de la Bahía. Las unidades, tipo loft o departamentos de dos ambientes, son la secuela de un proyecto cuya primera parte ha sido un verdadero éxito inmobiliario que fue vendido en un 95 % a nueve meses de su entrega definitiva. El estímulo de este tipo de proyectos en Nordelta favorece la diversidad de opciones pero fundamentalmente la convierten en un proyecto integral, que cuenta con casi todas las facilidades de una ciudad.

El concepto con el cual ha sido diseñado y desarrollado este conjunto urbano lo ha convertido progresivamente en un polo de atracción comercial para toda la zona. Definida desde sus orígenes como Ciudad Pueblo, Nordelta aspira a recrear en su avance las necesidades de sus habitantes, en las distintas facetas de la vida cotidiana, a través de la reposición de aquellas posibilidades que cedieran con su traslado desde la Capital.

Así, el Centro Comercial del emprendimiento, inaugurado durante el año pasado, sobre una porción de terreno de 6.000 m2, cuenta con un paseo de compras de 50 locales y estudios distribuidos en dos plantas, y se suma a la generosa infraestructura comercial de Nordelta, que incluye además la construcción de un Hipermercado. Los cines están planeados para fines del 2006. Con esa perspectiva, el traslado a la Capital, cada vez, resulta menos imprescindible. Si bien es cierto que el tiempo de viaje desde lugares periféricos como Pilar o Tigre se redujo sensiblemente con la inversión hecha en la Autopista Panamericana, para los habitantes de Barrios Privados, la separación espacial desde su lugar de residencia hacia sus lugares de trabajo resulta en muchos casos un inconveniente: Buenos Aires sigue concentrando gran parte de la actividad laboral.

El proyecto de Studios Paseo de la Bahía ha avanzado en la misma dirección que el resto de este conjunto de Barrios, y se convirtió en una opción para profesionales que buscan reducir dentro de sus posibilidades los viajes a la Capital. Se trata de un proyecto con la dirección del estudio Aisenson, que ha realizado un significativo conjunto de obras en la Ciudad de Buenos Aires, incluyendo las Torres Figueroa Alcorta y las Torres del Puerto, entre otras. El edificio de 4 plantas que ha constituido la primera etapa, es ya un éxito desde el punto de vista de su comercialización. Son 48 unidades de 60 m2 promedio, rodeadas de espacios verdes y vista a la Bahía Grande del canal Mayor, tiene una playa de estacionamiento de mucha amplitud y todas las necesidades tecnológicas de telefonía, Internet y televisión por cable.

Nordelta, desarrollado sobre la base de un concepto de interés urbanístico, ambiental, educativo y recreativo, se va afianzando en su definición de Ciudad Pueblo con la incorporación de espacios de uso profesional que se suman a aquellos más emparentados con la idea de placer, descanso y diversión. En una etapa en la cual los valores de seguridad, estabilidad y crecimiento son valiosos y buscados, el conjunto del proyecto y su variedad de ofertas se instala en el mercado inmobiliario con una ventaja de gran importancia.

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TORRES JARDIN
LA GESTION DEL ADMINISTRADOR EN UNA TORRE DE 600 UNIDADES
Por Lic. Lucas Newton

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Torre Jardín es un complejo que cuenta con 3 edificaciones que ocupan una manzana entera en el barrio de Villa Crespo. Rompiendo un horizonte de construcciones bajas, esta ciudad-torre alberga a aproximadamente 500 familias, lo que la coloca en uno de los emprendimientos de vivienda más importantes de la Ciudad de Buenos Aires. Enmarcada por las calles Gurruchaga, Padilla, Serrano y Murillo, goza del privilegio de una ubicación preferencial.

Las 3 torres, con nombre de fantasía, están edificadas sobre un terreno de 10.000 m2 y en su interior podemos encontrar un conjunto de servicios estructurales que le da a su vez la complejidad y el atractivo de cualquier barrio cerrado del gran Buenos Aires, en el corazón de la ciudad.

La torre más alta tiene 24 pisos, y las otras dos cuentan, en cambio, con 22. Quizás considerando que el proyecto original de la empresa constructora incluía una cuarta torre, que no fue construida, podamos entender esta decisión poco simétrica.

El acceso al complejo se puede hacer por cualquiera de las tres puertas que se encuentran en Gurruchaga 274, Padilla 870 y Serrano 287, a razón de una puerta por torre. En todos los accesos hay garitas de guardia que son parte del servicio de Seguridad Integral del edificio y que trabaja las 24 hs.

Cada una de las construcciones tiene además, en promedio, unas 100 cocheras y una batería de 5 ascensores Thyssen Elec que todos los días recorren larguísimos trechos para trasladar a sus habitantes a alguno de los 6 departamentos distribuidos en cada piso.

Los servicios incluyen una variada oferta de posibilidades. El complejo tiene Agua corriente, la que es alimentada por una impresionante cantidad de bombas, televisión por cable y 2 gimnasios a disposición de los propietarios; además cada torre tiene su propio Salón de Usos Múltiples (SUM). La calefacción llega por servicios individuales y tiro balanceado y el agua caliente a través de calefones en cada unidad. Una empresa especializada se ocupa de la limpieza de toda la finca.

En el centro de la manzana, 2 piletas de natación, la zona de solarium y un amplio sector de juegos para niños son la opción más elegida durante la temporada de verano. El arenero, las hamacas y los juegos son los preferidos de hijos y también de padres que pueden descansar con tranquilidad mientras los más chicos se divierten. Todo el perímetro que rodea a las torres esta parquizado, lo que le da al complejo un aspecto atractivo y fresco.

Cada uno de los servicios que se prestan tiene un mantenimiento permanente. Las 3 torres imponentes son un complejísimo núcleo habitacional en donde cada cosa debe estar cuidadosamente preparada.

La Torre más alta se llama Los Tilos y tiene 24 pisos y 91 cocheras, y hubiera tenido una torre melliza si el proyecto original se hubiera mantenido, pero así las cosas es la hermana mayor de las otras dos y forma 1 consorcio en sí misma. Tiene igualmente 6 departamentos por piso y además gimnasio y SUM propio. El grupo electrógeno que la asiste en caso de corte de energía mantendrá en funcionamiento varias de las 17 bombas sumergibles con que cuenta el complejo, ascensores y la luz de los lugares comunes del edificio.

Las otras dos torres forman el 2º consorcio. Los Fresnos, con 22 pisos y 6 departamentos por piso, tiene también 103 cocheras, y Los Plátanos, 22 pisos también y la misma capacidad de unidades, con cocheras para capacidad de 100 vehículos. Están ubicadas estratégicamente para recibir luz desde todos los costados y como su hermana mayor tiene una vista privilegiada de la Ciudad, sobre todo en los pisos más elevados.

El personal que mantiene en funcionamiento esta mini ciudad es también vasto, y precisa de gran profesionalismo. Un intendente por torre, más dos encargados se ocupan de que todo funcione como debe y un verdadero batallón de empresas de mantenimiento conserva en actividad permanente todos los sectores del edificio.

Se trata de un equipo de mantenimiento para los gimnasios, una empresa de fumigación, un servicio de mantenimiento de portones para las cocheras y servicio de conservación de porteros eléctricos, una empresa se ocupa de que la pileta este limpia y en condiciones, y un grupo de técnicos especializados se ocupa de los servicios de plomería, electricidad y, por supuesto, seguridad. Los grupos electrógenos en cada torre reciben un tratamiento especial, ya que su disponibilidad debe ser indudable.


IMPRESCINDIBLE: ASCENSORES EN BUEN ESTADO


El ascensor de una torre debe ser el medio de transporte que más kilómetros realiza por día. La cabina de un ascensor puede llegar a transportar por día, en un edificio como este, a más de mil personas.

En un complejo tan grande, aparte de tener una flota de ascensores con buenas máquinas, debe realizarse un trabajo preventivo, ya que en un lugar donde vive tanta gente, no puede esperarse un mantenimiento correctivo, es decir que hay que hacer los arreglos en tiempo y forma, antes de que el ascensor pueda quedar sin servicio.

Consultado el Sr. Carlos Pinto, titular de la prestigiosa compañía Semda de mantenimiento de Ascensores, manifiesta que en realidad una batería de 5 ascensores precisa del mismo cuidado que un ascensor de 7 paradas de un edificio cualquiera, la gran diferencia que hay es que este tipo de grandes torres posee, en un 90% de los casos, ascensores mas complejos, con una composición de mayor gravedad en sus circuitos que puede dificultar la resolución de problemas. Ello exige una prestación de un servicio de gran calidad técnica por profesionales que tengan capacitación tecnológica suficiente; la prestación, sin embargo es la misma. En una torre con una batería de 5 ascensores, una maquina que deja de funcionar es reparada en un plazo no mayor de dos horas, ya que así lo requiere la urgencia que significa. Por otra parte es de resaltar que en un edificio con las características de una torre de más de 20 pisos, el desgaste es siempre mayor que en un edificio de 5 pisos.

Tres claves para la emergencia en ascensores: El encargado debe exigir que el conservador le explique: 1) Cómo trasladar el ascensor de un piso a otro en forma manual o eléctrica; 2) Cómo abrir el ascensor entre pisos de manera correcta; 3) Cómo rescatar a una víctima en caso de encierro.

EL ADMINSTRADOR COMO GERENTE. Dada la inconmensurable cantidad de variables que hay que tener en cuenta en la administración de un predio como el de Torre Jardín, las administraciones están obligadas a funcionar como el más ágil gerente de una empresa, -una empresa muy especial donde cada uno de los consorcistas tiene el mismo cargo y exigen los mismos derechos y garantías-.
Fundamentalmente, el administrador que quiera llevar a buen término su gestión deberá buscar la forma de abrir varias líneas de comunicación con los consorcistas; la rutina de la atención en horario clásico es algo impensable. Instalar una oficina de la administración dentro del complejo termina siendo una necesidad ineludible, ya que debe haber personal destacado con capacitación suficiente, y una guardia durante las 24 hs. del día y los siete días de la semana que pueda responder a los inconvenientes hipotéticos de una masa poblacional de mas de 2500 personas. Es básico que quienes desarrollen esa función cuenten con las mismas herramientas de gestión que el propio administrador, ya que de manera permanente surgen dudas que atañen a la administración en relación a las liquidaciones de expensas, a las relaciones de convivencia, interpretaciones del Reglamento Interno, a problemas de Seguridad, inconvenientes por el uso de las áreas de esparcimientos, al uso del SUM; asimismo, en una población tan grande el acceso de los invitados a la pileta o los horarios de mudanza pueden desencadenar un inconveniente que hay que solucionar. En ese sentido, y siempre que no lleguen los conflictos a mayores, un administrador es un poco un amable componedor. El reglamento interno que rige sobre las cuestiones menores, servirá muchas veces como una herramienta dinámica.

Muchas familias se mudan a este tipo de complejos con hijos menores de edad, pensando en la posibilidad de que ellos tengan un lugar de esparcimiento, una actividad deportiva, en un ambiente contenedor, reemplazando lo que en otras épocas en esta ciudad los niños y adolescentes podían hacer en la calle y que ahora por problemas de seguridad no pueden hacer; de modo que los lugares comunes son muy frecuentados por chicos que –porque son chicos- no siempre comprenden la importancia del orden y la ubicación y obligan también al administrador a poner límites en defensa del bien común.

En este contexto y a fin de garantizar que los canales de comunicación permanezcan abiertos, siempre es conveniente contratar un servicio de telefonía celular, intercomunicadores y pagers que mantengan a la administración permanentemente al tanto de lo que ocurre en cada lugar del predio. Esto se convierte en algo primordial por cuanto el diálogo y el acceso de los propietarios a una instancia conciliadora garantizan el normal cauce de las relaciones, y mejora la gestión.

Hay que pensar que una obra de estas características debe emparentarse a un barrio cerrado, o un country, en mucho menos espacio y adentro de una ciudad. Tiene, como esas organizaciones urbanas, un área social, un área deportiva, seguridad. En una superficie de 1 hectárea, donde hay que descontar los espacios que ocupan los edificios, viven 500 familias que realizan diferentes actividades; todo lo que en otro lugar se realiza en 50 o 60 hectáreas, o incluso 100, este tipo de complejos debe tenerlo resuelto en sus 10.000 m2. En un lugar donde vive tanta gente, todo debe funcionar bien.

LA CONVIVENCIA. Así como el propietario goza de muchísimos beneficios en relación con quien vive en un edificio clásico de departamentos, también hay que tener en cuenta que la problemática de la convivencia de tantas personas en un mismo lugar acarrea una responsabilidad también mayor para las empresas de administración: Los problemas de seguridad del edificio, respecto del acceso y la seguridad interna, y todos los problemas que pudieran surgir de crisis o problemas que obliguen al traslado de mucha gente, a evacuaciones o alarmas generales deben tener un plan cuidadosamente establecido; para que un problema de incendio o una inundación no termine siendo un problema mayor, deberá contarse con servicios impecables en ese rubro. La limpieza es también un tema principal, ya que por ser un ítem de alta exposición y mucho riesgo, debe ser cuidadosamente tratada.

Hagamos un ejercicio de imaginación respecto del Salón de Usos Múltiples. Si pensamos que para las 500 unidades de todo el complejo hay solamente dos salones, y que cada uno de ellos será utilizado en varios turnos de dos o tres horas, entonces quizás lleguemos a comprender la complejidad del sistema y la importancia de que cada propietario respete las condiciones de limpieza, el horario y el cuidado de la infraestructura de las partes comunes. Una mala asignación de los turnos para el uso de estos salones, que harán que unos pocos lo usen permanentemente y los demás se vean impedidos de hacerlo, redundará sin duda en un potencial conflicto.

TRIBUNAL ARBITRAL
PARA ASUNTOS INMOBILIARIOS

El tribunal, creado por La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias, la Corporación de Rematadores y Corredores Inmobiliarios y la Cámara Argentina de Tierras y Urbanizaciones, puede entender en la interpretación y aplicaciones en cuestiones de propiedad horizontal, contratos de locación, contratos de compra venta de inmuebles, corretaje inmobiliario, transferencia de fondos de comercio y otros aspectos del quehacer inmobiliario en general. El uso de este Tribunal es recomendable por cuanto resulta rápido y económico.

Se recomienda a los administradores que propongan someterse a este Tribunal Arbitral en la primera Asamblea, introduciendo un artículo al Reglamento de Copropiedad.

Su funcionamiento se conforma según lo establecido en el Reglamento del Tribunal Arbitral. Sus laudos o resoluciones del mismo tendrán la misma eficacia que los fallos que se dictan en la justicia ordinaria, ante la cual son ejecutables. Son inapelables, salvo casos excepcionales de nulidad por pronunciarse fuera del plazo o sobre temas no sometidos al arbitraje. Asimismo, la Cámara posee un cuerpo de Asesores legales y técnicos de gran jerarquía que pueden asistir a sus socios ante cualquier inconveniente.

El texto que debe agregarse a los contratos puede solicitarse en la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

El Tribunal Arbitral para Asuntos Inmobiliarios funciona en la sede de la Cámara: Perú 570, Capital Federal. Tel. 4342-5128 / 4331-9968 / 4345-0010.


Los horarios de descanso, los ruidos molestos, el respeto de los reglamentos, la música en altos niveles de volumen y la tenencia y cuidado de animales domésticos son sólo ejemplos de detalles que en un edificio de pocas unidades son ya difíciles de manejar. En una torre, pueden ser problemas que se multiplican si no son tratados con cuidado.

Por todo ello, los consejos de administración son más numerosos y frecuentemente se agrupan en comisiones de trabajo. Lo recomendable es tener una Comisión de Asuntos Técnicos integrada por profesionales de la Arquitectura y de la Ingeniería para analizar los problemas técnicos, y otra comisión de abogados para analizar los problemas legales, y utilizar los cuerpos de Asesores de la Cámara de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias, como así también su Tribunal Arbitral (ver recuadro).

Las reuniones con el consejo de administración tienen una periodicidad variable, pero en estos complejos llegan a ser semanales, porque la cantidad de problemas así lo exige para manejar el día de a día de lo que va ocurriendo. Asimismo, las asambleas son muchas veces difíciles de manejar, aunque es frecuente que concurran una cantidad de propietarios que oscila entre el 10% y el 20%. Y aunque representa un desafío para cualquier administrador, es también interesante cuando un grupo de propietarios trabaja en beneficio de todos.

La multiplicidad de la gestión debe estar acompañada, entonces, por un grupo de técnicos y profesionales que asistan al administrador de manera ágil y rápida, por eso las empresas de mantenimiento tienen que seleccionarse de entre las mejores del mercado, aún a costa de pagar abonos más caros. La complejidad de las instalaciones electromecánicas del edificio hace que no cualquier proveedor pueda hacerse cargo, siendo recomendable buscar entre ellos, a empresas con experiencia en este tipo de trabajo.

En definitiva, la capacidad de gestión de todo administrador se pone en juego frente a estos retos que exigen lo mejor de una organización.

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PROPIEDAD HORIZONTAL – UTILIZACION DE UNIDAD FUNCIONAL COMO CONSULTORIO DE VARIAS ESPECIALIDADES. ACTIVIDAD RIESGOSA. FUNCIONAMIENTO DE EQUIPOS DE RAYOS. ALTERACION DE LA TRANQUILIDAD DEL EDIFICIO.

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En autos “Av. C.D. c/ V. M.D. s/ cumplimiento de contrato de Copropiedad” (CNCiv. 18/04/2005) se planteó la siguiente cuestión:

En el inmueble del demandado funcionaban cuatro consultorios, uno de especialidad médica traumatológica, otro de ginecología, un gabinete kinesiológico y una sala donde se encontraba un equipo radiológico.

El artículo 6º del Reglamento de Copropiedad disponía que “los departamentos deberán ser destinados para vivienda propia y familiar y no podrán ser destinados en ningún caso a industrias, talleres y toda otra actividad contraria a la tranquilidad, decencia decoro, moralidad y buen nombre del edificio”.

Queda claro que el consorcio pretende que el destino de las unidades sea el de vivienda familiar, y aunque no menciona expresamente la prohibición de instalar consultorios, ello se infiere del uso primordial que se le otorga a las unidades y de la expresión de voluntad de los distintos consorcistas en las distintas asambleas donde se trato el punto.

Ante la significativa importancia del destino fijada en el Reglamento, su modificación involucra necesariamente una reforma de dicho ordenamiento, que consiguientemente debe consignarse en escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad (Art. 9º de la ley 13.512).

Aun cuando quisiera interpretarse que no esta prohibido el funcionamiento de un consultorio, lo cierto s que la actividad que se desarrolla en la unidad del demandado debe considerarse riesgosa; y también por el modo en que se desenvuelve altera la tranquilidad del edificio, es decir que queda contemplada dentro de lo que sí está expresamente prohibido.

Ello es así por la cantidad de pacientes que ingresan a la unidad, donde funciona no uno, sino tres consultorios, además de la sala de radiografías, llevan a alterar el ritmo normal de un edificio. Además es innegable que la utilización de un departamento como consultorio de varias especialidades conlleva un mayor gasto en cosas de uso común, como ser un mayor consumo de energía eléctrica e incremento en el costo de mantenimiento de los ascensores.

A ello debe agregarse lo informado por el perito médico sanitarista en cuanto a los peligros que implica el funcionamiento de un equipo de rayos y la manipulación de los elementos contaminantes y residuos patológicos. Según el experto, no es aconsejable el funcionamiento de ese equipo en un edificio habitado exclusivamente por familias, dada la posible exposición a radiaciones que son tanto de naturaleza electromagnética como cuántica.

Tanto por los riesgos implícitos en el uso de aparato de rayos y el desecho de material patológico, como fundamentalmente por la cantidad de personas que ingresen al edificio con el fin de ingresar a los consultorios instalados en la unidad del demandado, es evidente que la actividad allí desarrollada afecta notablemente la tranquilidad e sus habitantes y por lo tanto resulta violatorio del fin previsto en el artículo 6º del Reglamento de Copropiedad.

En este contexto, es inadmisible que el Consorcio no pueda exigir judicialmente el cumplimiento del Reglamento por haber transcurrido un periodo de tiempo sin instar acciones legales, pues esta actitud no puede consolidar un derecho que contraría las normas estatutarias, cuyo respeto es la base fundamental del sistema de Propiedad Horizontal. El Reglamento de Copropiedad es el estatuto regulador de las relaciones entre los copropietarios, y su estricta observancia es vital para el funcionamiento del sistema legislado por la ley 13.512.

Fuente: El Dial (26/5/2005)

Colaboración estudio Jurídico
Dr., Villar y Asoc.

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GRUPOS ELECTRÓGENOS

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Lo importante a la hora de comprar un Equipo Electrógeno es su confiabilidad y su potencia. Con un mantenimiento mensual y atención periódica, los grupos electrógenos pueden alcanzar muchos años de prestaciones eficaces.

Sin duda cuando hablamos de grupos generadores de electricidad estamos hablando de una urgencia. Es así que estos equipos no están preparados para alimentar todas las necesidades de energía de los propietarios, sino que son un resguardo que permiten que las actividades mínimas de un edificio. La compra de un grupo electrógeno es una opción que toman sobre todo organismos públicos, hospitales, grandes edificios de oficinas y Centros de Cómputos, que no pueden prescindir de la energía por extensos períodos de tiempo. En el caso de edificios de departamentos, los equipos electrógenos permiten estar preparados para una resolución momentánea de los problemas, es decir para solucionar las urgencias derivadas de un corte de luz en los lugares comunes. En razón de ello, el nivel de potencia de los aparatos resulta de una ecuación imprescindible.

Los equipos Electrógenos deben estar preparados para aportar la energía necesaria para solucionar todas las instancias indispensables para el normal desarrollo de la vida del Consorcio; esto es las bombas de elevación de agua, por lo menos uno de los ascensores del edificio, las luces de emergencia en escaleras, y una bomba de achique por si hiciera falta desagotar zonas inundadas del edificio. Consultado el Sr. Fernando Balsamo, responsable de la empresa Powgen Diesel, el mismo ponía de relevancia la importancia en la elección del equipo y en su capacidad para paliar una situación de emergencia, evitando así el inconveniente de que en momentos de necesidad, los equipos no puedan transformarse en una solución adecuada.

El costo promedio de uno de estos motores oscila alrededor de los 10 mil dólares, obteniendo en esa cifra un grupo electrógeno que está a la altura de las necesidades primarias generadas por este tipo de urgencias; aunque los precios varían mucho según las particularidades del equipo.

MANTENIMIENTO. Uno de los detalles más importantes a la hora de mantener un edificio cubierto frente a la eventualidad de un corte de energía, es el mantenimiento de sus equipos electrógenos. Si bien no se trata de un proceso técnico de alta complejidad, es imprescindible que los mismos reciban atención técnica de manera mensual, servicio que la mayoría de las empresas ofrecen junto con la compra. El costo para un edificio de este servicio es de alrededor de 120 pesos por mes, y aunque puede ser realizado por los encargados de edificio, siempre se recomienda que la empresa proveedora sea quien realice ese trabajo.

Consultadas algunas administraciones de altas torres de departamentos, la respuesta fue unánime “El alto impacto que causa la falta de energía en un consorcio muy grande es un problema que hay que cuidar, los grupos electrógenos deben estar preparados para ponerse en funcionamiento en cualquier momento, y es una responsabilidad que debe recaer en técnicos especializados”. Por otra parte, cada equipo debe recibir anualmente un servicio de mantenimiento especial, reemplazando el aceite, el filtro y la batería, para que su vida útil se prolongue sin inconvenientes para el usuario. Esta prestación, ineludible para la subsistencia en buen estado de los motores, tiene un costo de entre 600 y 800 pesos aproximadamente, según consultas realizadas en el sector. “El 60% de las reparaciones de equipos que realizamos se deben al mal mantenimiento y a la falta de batería” sostiene Fernando Balsamo, quien agrega que el resto de los inconvenientes, en un alto porcentaje, se debe a problemas en el mantenimiento del combustible en los equipos que no se usan largo tiempo: “Los equipos deben entrar en funcionamiento cada dos o tres meses como mínimo, funcionan como cualquier motor, es fundamental no dejarlos apagados durante mucho tiempo.

INSTALACION Y AUTOMATIZACIÓN. Uno de los inconvenientes más frecuentes que se pueden encontrar al momento de planear la instalación de este costoso equipamiento es la cuestión de los escapes de gases; su alta toxicidad requiere un planeamiento responsable y prolijo. Conjuntamente con los equipos electrógenos, las empresas más representativas del sector ofrecen la automatización del servicio. Hoy en día son mayoritarias las instalaciones que se realizan con un tablero automático, que no dependen del servicio de guardia o portería y se ponen en funcionamiento inmediatamente después de que el corte de energía se produce. En la actualidad más del 50% de los equipos instalados tienen esa modalidad.

Hay que tener en cuenta que hoy en día, en los consorcios con gran cantidad de propietarios, muchas veces el tema de la seguridad y de la prevención pasa a un segundo plano por cuestiones económicas, por fijación prioridades equivocadas o por urgencias de otro tipo, pero el mantenimiento de los equipos y su atención periódica, garantiza su disponibilidad en el momento de la emergencia, una vida útil perdurable, y el cuidado del capital de los consorcios que en varias ocasiones se ven en la obligación de responder ante la urgencia comprando nuevos equipos por falta de cuidado.

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Subsidios destinados a la restauración del patrimonio histórico de Buenos Aires

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La Secretaría de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través del Fondo Cultura BA 2005, subsidiará con $600.000.- a bienes inmuebles de valor patrimonial que necesiten fondos para su conservación y restauración
Inscripta como Línea de Subsidio para la Preservación y Fomento del Patrimonio Cultural se abrió una convocatoria de solicitudes –que se deben presentar desde el 1 de abril al 31 de mayo de 2005– para seleccionar qué proyectos son aptos para el beneficio, para efectuar las restauraciones de los edificios de la ciudad que posean valor patrimonial.

La evaluación y selección de dichos proyectos estará a cargo de la Dirección General del Casco Histórico (Casa de la Cultura del GCABA, 4° piso oficina 401), y ya se pueden retirar las bases y formularios de solicitud, para los consorcios que deseen presentarse.

La convocatoria plantea varios interrogantes: ¿para realizar qué tareas se puede solicitar el subsidio?; ¿quiénes son los potenciales beneficiarios?; ¿cómo son las presentaciones que hay que hacer? y ¿qué monto de dinero se puede solicitar?.
Esta línea (punto C del ítem 3 de la convocatoria) destinará $600.000.- (con monto máximo por subsidio de hasta $80.000.-) para obras de restauración -ya sea de los distintos sectores de la envolvente edilicia (frentes, cúpulas, medianeras o azoteas) o de áreas comunes internas (paliers, acceso, caja de escaleras, iluminación)- para edificios de la ciudad que posean valores patrimoniales dignos de ser preservados, que se encuentren deteriorados y necesiten reparación.

Los potenciales beneficiarios son los consorcios cuyo edificio posea una valoración arquitectónica dentro de la ciudad, y en primer orden para ello están los aproximadamente 1200 edificios que figuran “catalogados” en la sección 10 del Código de Planeamiento Urbano –si lo solicitan-; siendo éstos los edificios que ya fueron evaluados con valor patrimonial por el mismo GCABA. Pero, en virtud de que dicho listado de edificios es muy incompleto, hay muchos otros también antiguos, con mucho valor, que serían también aptos para obtenerlo.

La valoración patrimonial de un edificio se establece analizando técnicamente varios ítems : su estilo arquitectónico ornamental y constructivo; su inserción en el tejido urbano y características del entorno; su tipología edilicia; su singularidad; su historia y la de su autoría arquitectónica; su conservación de uso y alteraciones que haya sufrido en orden a establecer su grado de reversibilidad; su valoración inmobiliaria; y otros aspectos culturales, barriales, técnicos, etc.

Son tres los capítulos importantes que deben presentar las solicitudes de subsidio y un cuarto formal.

El primero, el Informe de Valoración Patrimonial; el segundo, un Proyecto de Restauración (que debe ser realizado por un profesional experto en patologías constructivas y contar con firma certificada de éste) desdoblado en al menos tres etapas de ejecución de obra; el tercero, un cómputo y presupuesto de los trabajos en tres etapas, en orden a definir tres montos posibles de subsidio que se solicita y el cuarto, que el edificio en cuestión posea –al menos- un informe técnico de Ley N°257, para que el GCABA no verificase una infracción, del edificio que solicita la contribución.

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